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Medicamentos / Depósito Legal / Circulares Comisión Nacional de Precios de Medicamentos

COMISION NACIONAL DE PRECIOS DE MEDICAMENTOS
CIRCULAR No 05 DE 2006

PARA:                         FABRICANTES E IMPORTADORES, COMERCIALIZADORES, EXPENDEDORES, DISPENSADORES Y CONSUMIDORES DE MEDICAMENTOS

DE:                             COMISION NACIONAL DE PRECIOS DE MEDICAMENTOS

FECHA:                       Octubre 30 de 2006               

REFERENCIA: Implementación de la decisión de la Comisión Nacional de Precios de Medicamentos del pasado 1° de septiembre de 2006.

En ejercicio de las facultades de la Comisión Nacional de Precios de Medicamentos y teniendo en cuenta:

  1. Que se expidió la Circular No. 4 de 2006 contentiva de una nueva política de regulación de precios de medicamentos.
  1. Que corresponde a la Comisión implementar la política de regulación de precios de medicamentos, de conformidad con lo establecido en la mencionada Circular.
  1. Que el pasado 26 de octubre de 2006, se reunió el Grupo Técnico Asesor (GTA) de la Comisión Nacional de Precios de Medicamentos.
  1. Que como resultado de dicha reunión, el GTA ha remitido, a través del Secretario Técnico de la Comisión, las siguientes recomendaciones, a saber:

1)      Que es conveniente que la información que se reciba de los obligados a reportar debe ingresarse directamente al Sistema de Información de Precios de Medicamentos – SISMED y que se considera como cumplida la obligación por la Secretaría Técnica de la Comisión Nacional de Precios de Medicamentos.

2)      Que analizado el informe de avance del SISMED, se evidenció que: a) Se necesita contar con mayor tiempo para su implementación, y b) Los obligados a reportar deberían hacerlo de manera gradual. Para ello el GTA ha propuesto el cronograma que se adjunta con la presente como Anexo No.1.

3) Que de conformidad con dicho cronograma, el GTA considera que la Circular No. 4 de   2006, debería entrar en vigencia el 1 de enero de 2007.

 5.  Que el Ministerio de la Protección Social viene trabajando en la puesta en marcha del Sistema  de Información de Precios de Medicamentos – SISMED, el cual estará disponible para el recibo de reportes a partir del mes de febrero de 2007.

  1. Que los laboratorios farmacéuticos dieron cumplimiento al reporte de precios del  tercer  trimestre del año 2006 de acuerdo con lo establecido en la Circular No. 1 del 10 de marzo del 2003 y el Parágrafo Transitorio del Artículo 35 Circular No. 4 de 2006 de la Comisión Nacional de Precios de Medicamentos.
  1. Que con base en las anteriores consideraciones, la Comisión Nacional de Precios de Medicamentos,

DECIDE:

ARTICULO 1°.- INICIO DE REPORTES: Modifíquese el artículo 25 de la Circular No. 4 de 2006, el cual quedará así:

“ARTICULO 25°.- El primer reporte regular, contendrá la información del último trimestre de 2006 y deberá presentarse de acuerdo con el cronograma que se adjunta con la presente como Anexo No.1.

Se entenderá cumplida la obligación de presentación de la información, con el recibo de la misma por la Secretaría Técnica, emitido a través del SISMED.

PARAGRAFO: En los reportes se incluirá la información requerida en los formatos que determine la Comisión Nacional de Precios de Medicamentos”.

ARTICULO 2°.- VIGENCIA: Modifíquese el artículo 36 de la Circular No. 4 de 2006, el cual quedará así:

ARTICULO 36º.- VIGENCIA: Con excepción del Título II y los artículos 23 y 35, los cuales comenzaran a regir una vez sea publicado el presente acto en el Diario Oficial, las demás disposiciones de la presente Circular Comenzarán a regir el primero  (1°) de febrero de 2007.”

ARTICULO 4°. DEROGATORIA: La presente Circular deroga el parágrafo transitorio del artículo 25 de la Circular 4 de 2006.

Dada en Bogotá a los treinta (30) días del mes de octubre de 2006.

Publíquese, Comuníquese  y Cúmplase,

Ministro de Comercio, Industria y Turismo,
JORGE H. BOTERO
Ministro de la Protección Social,
DIEGO PALACIO BETANCOURT

Delegado del Presidente de la República,

 MANUEL RAMÍREZ GÓMEZ

 

ANEXO No. 1

 

ACTORES DE REPORTE

Fecha Reporte

 1

 Laboratorios Farmacéuticos

 Febrero 15 de 2007

 2

 Distribuidores Mayoristas

 Marzo 30 de 2007

 3

 Aseguradores y Hospitales

 Mayo 15 de 2007


Ver Documento original en:
http://www.mincomercio.gov.co/vbecontent/Documentos/Normatividad/Circulares/2006/Circular-005-2006.pdf
Adaptado por Oscar Andia Salazar, MD/ 01nov06
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